GALICIA FORTALECE EL CONCEPTO DE LA LIBERTAD RELIGIOSA

Galicia autoriza el rito sin ataúd

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* El Consello de la Xunta de Galicia ha dado luz verde a un nuevo decreto sobre la normativa de la sanidad mortuoria en Galicia que, entre otras novedades, autoriza el enterramiento sin ataúd, algo que reclamaban las comunidades religiosas musulmana y judía

* Por otro lado, reduce de 24 a 12 horas el tiempo mínimo de espera para enterrar a un fallecido

El conselleiro de Sanidad, Julio García Comesaña, se reunió con los representantes de la comunidad islámica en Galicia para informarles de la aprobación de este documento. Una de las novedades de este documento es que ampara el enterramiento sin féretro, algo vetado hasta ahora en Galicia.

Con la aprobación de este decreto los ciudadanos musulmanes  ya no se verán obligados a irse fuera de la comunidad para realizar los enterramientos de sus fallecidos.

Además, se regularizan cementerios preexistentes a los que le faltaba algún trámite y se especifican normas para los crematorios, como su distancia al menos de 200 metros de núcleos residenciales.

Este documento sustituirá al decreto 151/2014 y, ha explicado la Xunta, "mejorará aspectos de la regulación para adaptarlos a los requerimientos sociales y técnicos existentes", simplificando las tramitaciones e incorporando determinaciones de la guía consensuada en el Sistema Nacional de Salud.

El proceso será previa demanda y de conformidad con la entidad titular del cementerio en el que se vaya a inhumar el fallecido. Conllevará una mayor aplicación del derecho a la libertad religiosa

Se reduce a la mitad el plazo de entierro

En cuanto a las medidas consensuadas con el conjunto de comunidades autónomas y con el Ministerio de Sanidad, el nuevo decreto también incluye una modificación de los tiempos mínimos exigidos desde el fallecimiento para poder realizar prácticas sanitarias sobre el cadáver, así como la reducción a 12 horas del plazo mínimo para enterrar o cremar el cadáver, un periodo que ahora era de 24 horas.

La nueva regulación también da respuesta a la "necesidad de reducir el control administrativo preexistente", optando por una "intervención más limitada", centrada en los aspectos exclusivamente sanitarios del hecho.

Además, el texto también recoge un reconocimiento competencial expreso a las administraciones locales, como proveedoras de los servicios públicos primarios a la población, entre los que se incluyen los cementerios y las actividades funerarias.

También establece una nueva clasificación de los cadáveres en función de su riesgo sanitario por la causa de la defunción, las condiciones generales de uso de féretros y bolsas funerarias, el traslado y exhumación de cadáveres o la creación de un censo de prestadores de servicios funerarios. A esto se le añade el procedimiento de reglamentación de cementerios preexistentes que no habían cumplido aún con los trámites administrativos requeridos.

Regulación de crematorios

Según ha apuntado el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda,Alfonso Rueda, este documento también profundiza en la regulación de los crematorios, cuya instalación será preferente en suelos de uso industrial, en edificio independiente.

Se establece un radio de distancia mínima 200 metros contados desde la chimenea del crematorio hasta áreas residenciales, residencias de la tercera edad, centros sanitarios, parques infantiles, centros educativos, instalaciones deportivas o infraestructuras similares. Finalmente, se introducirá, por primera vez en Galicia, la creación de un censo de empresas y establecimientos funerarios.